Cesión Gratuita
de parcelas

 
 

Complementariamente a la Asistencia Integral Ante Fallecimiento (A.I.A.F.), ofrecemos la cesión gratuita1 a perpetuidad de una parcela en cementerios privados de excelencia dentro de la provincia de Buenos Aires con los que La Recíproca tiene convenio.

1 Expensas a cargo de los familiares.

Donde hay amor, siempre habrá vida.

Cumpliendo 110 años con vos, te acercamos la posibilidad de acceder a una parcela en un lugar de paz y armonía como La Arbolada o Parque Iraola sin ningún costo de adquisición y expensas bonificadas por un año.

Posesión en vida - Sin costo de adquisición - Disponibilidad inmediata - Cupos limitados - Expensas bonificadas por un año Consultanos ahora

*Las expensas de mantenimiento de parcela estarán a cargo del asociado que la posea, así como también la apertura de la misma. Los cupos de parcelas son limitados. Ante casos de pedidos simultáneos, se generará lista de espera en base al momento en que fueron solicitados.

¿CÓMO ACCEDER AL BENEFICIO?

1. Al momento de informarse el fallecimiento del asociado al Centro de Atención al Asociado, 0800-999-2005 (opción 1), un coordinador de La Recíproca contactará e informará al deudo la posibilidad de contar con posesión gratuita de una parcela a perpetuidad que posea La Recíproca, en cementerios parques dentro de la Provincia de Buenos Aires.

2. Ante el fallecimiento de un familiar de hasta segundo grado, en sentido ascendente o descendente, el asociado titular deberá comunicarse al momento del deceso al Centro de Atención al Asociado, 0800-999-2005 (opción 1), disponible las 24 horas, los 365 días del año.

¿A quiénes incluye el beneficio?

REFUGIO se brinda para el titular o cónyuge/pareja adherido/a mediante cuota social y es extensible a padres, abuelos, hijos o nietos del asociado titular.

¿Todavía no estás asociado? Completá el siguiente formulario para ser contactado por un Asesor. Quiero saber más

Tipo de servicio

Incluido en la cuota social.

Descripción

Ofrecemos la cesión gratuita y uso a perpetuidad de una parcela en cementerios privados de excelencia dentro de la provincia de Buenos Aires, con los que La Recíproca tiene convenio.

A quiénes se brinda

La prestación se brindará a:

  • • Asociado titular.
  • • Cónyuge o pareja adherido/a mediante cuota social.
  • • Hijos menores de 21 años e hijos discapacitados sin límites de edad.
  • • Hijos mayores de 21 años y padres adherentes mediante cuota social.
  • • Es extensivo a familiares de hasta segundo grado, en sentido ascendente o descendente: padres, abuelos, hijos o nietos del asociado. El fin es la modalidad hereditaria. Para que se incluya al cónyuge o pareja, es obligatorio deba estar asociado/a mediante la cuota social.

Cómo se accede

Ante el fallecimiento de un asociado o familiar de hasta segundo grado, en sentido ascendente o descendente, el familiar o deudo que se encuentre a cargo debe comunicarse al momento del deceso al Centro de Atención al Asociado, 0800-999-2005 (opción 1), disponible las 24 hs, los 365 días del año.

Un coordinador de La Recíproca se contactará e informará cómo proceder para contar con la posesión gratuita y a perpetuidad de una parcela que posea La Recíproca, en cementerios parques dentro de la provincia de Buenos Aires.

Detalles de la prestación

  • • La prestación se brindará a todos los asociados, a razón de una parcela por asociado.
  • • La posesión de la parcela otorga a los familiares del titular el derecho al uso de la misma. Las parcelas tienen capacidad para disponer ataúdes, urnas y ceniceros de cremación, pudiéndose ocupar en forma combinada.
  • • Las parcelas tienen capacidad de entre 2 y 3 niveles, dependiendo de la legislación del lugar. Esto determina la cantidad de cuerpos a inhumar. Dentro de la parcela, se permite la inhumación de féretro/ataúd, urna, cenicero (en cada nivel, con una cantidad ya establecida en cada uno).

Consideraciones especiales

  • • Para el asociado titular, cónyuge o pareja adherido/a mediante cuota social, hijos menores de 21 años e hijos discapacitados sin límites de edad e hijos mayores de 21 años y padres adheridos mediante cuota social, los gastos de inhumación están incluidos dentro del beneficio de A.I.A.F.
  • • Para los casos de cesión de parcelas a familiares de 1º y 2º grado ascendente y descendente, los gastos de inhumación están a cargo del asociado titular.
  • • La cesión de parcelas para familiares de 1º y 2º grado ascendente y descendente, está sujeta a la disponibilidad de parcelas que tenga La Recíproca en distintos cementerios privados.
  • • La apertura de parcela, gastos administrativos y los gastos de expensas están a cargo de los familiares.
  • • La cesión de la parcela se realiza únicamente al momento del fallecimiento del asociado o familiar de 1º o 2º grado; no puede cederse por anticipado.
  • • Si el asociado ya cuenta con parcela propia o familiar, no hay ningún tipo de bonificación o reintegro.
¡Chateá con nosotros!   ¡Chateá con nosotros!